APUNTES SOBRE LA HISTORIA DE ADIDE CLM (Parte I)

Los Inicios.

El 22 de febrero de 1991, a las 10 de la mañana, se celebró la Asamblea Constituyente de la Asociación de Inspectores de Educación (ADIDE), en el Instituto de Formación Profesional “Juan de la Cierva” de Madrid. Casi un año después nació ADIDE CASTILLA LA MANCHA. 27 años después iniciamos una serie de publicaciones que nos acercan a esta parte de nuestra historia.

He aceptado el amable encargo de la presidencia de ADIDE-CLM, para rescatar del recuerdo unas notas que nos permitan situar a nuestra Asociación en el tiempo, y desde aquí contemplar algunos datos de su nacimiento y evolución. En algún momento perdimos la pista de los documentos que elaboramos entre 1996 y 2002, y que entregué a quien me sucedió en la presidencia de la asociación, entre otros los que incluían las propuestas estratégicas para situarnos ante las transferencias en educación en CLM, el estudio económico para la reivindicación de la subida de las cuantías percibidas por locomoción, así como los documentos de la primera y única huelga que se ha realizado en la historia de la inspección de educación, en los que ADIDE-CLM tuvo un papel muy destacado.

Podemos decir que ADIDE comenzó a fraguarse con la promulgación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, que definía una nueva manera de acceder a la inspección de educación mediante el ejercicio de la función inspectora, pero sin la pertenencia a un Cuerpo de Inspección. En su adicional decimoquinta, punto 7, se decía:

“… la función inspectora en materia de educación se realizará por funcionarios con titulación superior pertenecientes a los Cuerpos y Escalas en que se ordena la Función Pública docente.

La oferta pública de puestos de trabajo de inspección educativa se cubrirá por concurso público, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad y tras la superación de un curso de especialización, cuya organización corresponderá a la Administración educativa competente. La adscripción de los funcionarios seleccionados a la función inspectora será por períodos no consecutivos, que, en ningún caso, podrán ser inferiores a tres años ni superiores a seis. Los funcionarios nombrados para estos puestos no consolidarán grado personal alguno, pero el desempeño de la función inspectora se valorará como mérito a efectos de su carrera docente.

Transcurrido el periodo de adscripción a la función inspectora educativa los funcionarios tendrán derecho a ocupar plaza correspondiente a su Cuerpo o Escala en la localidad de su destino como docente”.

Y en el apartado 8 de la misma adicional decimoquinta, establecía que:

“Los actuales Cuerpos de Inspectores de Educación Básica, Inspectores de Bachillerato e Inspectores Técnicos de Formación Profesional quedan integrados en el Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa, cuya plantilla estará constituida por los efectivos actuales de los Cuerpos suprimidos, quedando amortizadas las vacantes que se produzcan en lo sucesivo.

Los funcionarios del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa tendrán derecho a desempeñar puestos de trabajo pertenecientes a la función inspectora”.

Se conformaba así, una nueva inspección en la que su ejercicio era provisional, con una fecha de caducidad de 6 años como máximo, tras la cual necesariamente se tenía que reingresar en la función docente, a la vez que se suprimían los cuerpos de inspección existentes hasta ese momento y se integraba a sus miembros en un nuevo cuerpo a extinguir, el CISAE.

A partir de ese momento, comenzó un sistema de acceso a la inspección que respondía básicamente a los siguientes elementos:

  • Concurso de méritos: servicios prestados, formación, publicaciones realizadas, etc.
  • Presentación de un trabajo sobre diversos aspectos de la inspección: normativa por la que la rige, la inspección en Europa, la evaluación, etc.
  • Defensa de ese trabajo ante un tribunal (Comisión de selección).
  • Curso selectivo de formación en Madrid (para los aspirantes que procedíamos de comunidades que no tenían transferencias educativas en ese momento), con una duración mínima de dos meses, y que requería finalmente la superación de cuatro ejercicios escritos sobre el contenido impartido en el curso.
  • Fase de prácticas realizada igualmente en la inspección de Madrid.

Superado el proceso se procedía al nombramiento de inspector/a por un periodo de tres años, tras el cual se realizaba una evaluación sobre el trabajo realizado en ese periodo y se requería la superación de un curso de formación. Una vez superados estos requisitos se daba paso a una segunda fase de otros tres años, tras los cuales era preceptivo abandonar la inspección para incorporarse a la docencia de nuevo.

La primera promoción con este nuevo modelo se convocó por Orden de 25 de abril de 1986 (BOE del 30), siendo la última convocatoria realizada por la Orden de 14 de junio de 1993, que se resolvió el 8 de abril de 1994 (para comenzar el curso 1994-95).

A medida que las distintas promociones se fueron incorporando a los servicios, se comenzaron a hacer visibles los problemas que este sistema generaba: provisionalidad en el ejercicio de la función, pérdida de capacidad profesional al no facilitar una planificación al menos a medio plazo, ambigüedad entre nuestra condición de docentes y nuestro trabajo con connotaciones administrativas (horarios, complementos, vacaciones, …), la coexistencia de cuerpos de procedencia con distintos niveles administrativos -grupos A y B- provocó que en el ejercicio de una misma función, con las mismas tareas y obligaciones, hubiera diferentes retribuciones, etc.

A todo ello, conviene añadir el malestar de una buena parte de los miembros del CISAE que se consideraban injustamente tratados por la administración, y con quienes los nuevos inspectores tenían que convivir en el trabajo diario. Afortunadamente se impuso la profesionalidad de unos y otros, por encima de las diferencias de las que en cualquier caso ninguno de nosotros éramos responsables. En Castilla La Mancha no hubo problema significativo alguno, y quienes habían ejercido durante más años en inspección aportaron su experiencia para ayudar a quienes llegábamos en ese momento.

Este modelo de inspección no dejó contento a nadie, ni aun a los propios promotores de la idea, si bien por muy distintos motivos según la situación de partida de cada cual. Pronto se abrió un debate para tratar de corregir todas estas limitaciones que frenaban el desarrollo de la inspección, y la calidad del servicio que teníamos que ofrecer a la comunidad educativa. Los inspectores e inspectoras que habíamos accedido con este nuevo modelo, necesitábamos organizar el debate que se suscitaba continuamente entre nosotros, además de ir conformando una estructura que permitiera canalizar nuestras propuestas y elevarlas a los centros de decisión del Ministerio de Educación. Esta necesidad de organizarse con una sola voz y poder incidir en la modificación y mejora de nuestras condiciones de trabajo, fue realmente el germen de la creación de ADIDE.

En mi opinión se dio una circunstancia que debió tener una gran relevancia en estos momentos de debate y modelación de la inspección de educación. Me refiero a los procesos de cambio que se estaban operando en los años ochenta (creación de los CEPs., experimentación de nuevas enseñanzas en determinados centros educativos, elaboración de materiales curriculares, etc.) dirigidos a la aplicación de un nuevo modelo curricular que se concretó en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).

Este modelo curricular, aportó novedades muy interesantes que hoy están asentadas en nuestros centros, pero que en ese momento iniciaban su andadura. En los modelos curriculares anteriores siempre había existido un programa general de conocimientos para las distintas etapas educativas, y una programación de aula que adaptaba ese programa general a los distintos grupos del alumnado en los centros. Ahora se definía un modelo que no solo mantenía esos dos niveles de desarrollo curricular, sino que añadía un tercero, intermedio entre los dos anteriores, el nivel de planificación de centro, de manera que se pide a los centros que elaboren un Proyecto Educativo (PEC) y un Proyecto Curricular (PCE, lo que hoy son las programaciones didácticas de cada curso y etapa). Esta tarea no se presentaba fácil para los centros, que iban a necesitar un apoyo externo con funcionarios bien preparados que les ayudasen a conformar esos planteamientos institucionales. Cuando el Ministerio de Educación mira a su alrededor, comprueba que tiene asesores en los CEPs. y en las Direcciones Provinciales, pero insuficientes en unos casos, e inmersos en tareas de gestión en otros, de modo que el único colectivo organizado, con presencia en los centros y con el estatus necesario para desarrollar esta tarea, era la inspección de educación. Pero ¿cómo realizar un encargo de este calado a funcionarios que, una vez formados, y cuando tenían que intervenir en los centros, debían abandonar la inspección o estaban muy cerca de hacerlo, obligados por la norma vigente? ¿cómo acometer esta tarea imprescindible para aplicar el nuevo currículo con una inspección caracterizada por la provisionalidad en el ejercicio de su función?

Este sistema se modificó por la fuerza de los hechos, venciendo la desconfianza inicial de los responsables de Ministerio de Educación hacia la inspección, mediante la Ley 23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que modifica la adicional decimoquinta en su punto 7, con esta nueva redacción:

“Transcurridos seis años de ejercicio continuado de la función de inspección educativa, la valoración del trabajo realizado, de acuerdo con los criterios y procedimientos que reglamentariamente se determinen, permitirá el desempeño de puestos de la función inspectora por tiempo indefinido, pudiendo, no obstante, reincorporarse voluntariamente a puestos docentes a través de los concursos ordinarios de provisión”.

Además, se refuerza más nuestra posición para la ejercer las tareas de supervisión que nos esperaban con la LOGSE, estableciendo por primera vez nuestra consideración como autoridad pública en el art. 3.2, del Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, por el que se regulan las funciones y la organización del Servicio de Inspección Técnica de Educación y se desarrolla el sistema de acceso a los puestos de trabajo de la función inspectora educativa: “Los Inspectores, en el ejercicio de su función, tendrán la consideración de autoridad pública y, como tal, recibirán de los distintos miembros de la comunidad educativa, así como de las demás autoridades y funcionarios, la ayuda y colaboración precisas para el desarrollo de su actividad”.

Seis años después, esta misma consideración de autoridad pública fue recogida por la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPGCE).

Asegurada la permanencia en la función inspectora, se abre una nueva etapa que permite contemplar la problemática de inspección a medio y largo plazo, y se comienza a trabajar en la creación de una plataforma desde la que incidir para resolver los problemas que nos afectaban. Se optó por crear una asociación y no un sindicato porque no se quería disgregar efectivos, se pensaba que para tener éxito necesitábamos tener la fuerza de un colectivo amplio, y en ese momento buena parte de los inspectores e inspectoras pertenecíamos ya a los distintos sindicatos que existían en el ámbito de la enseñanza, y no se quiso forzar una afiliación distinta.

El 22 de febrero de 1991, a las 10 de la mañana, se celebró la Asamblea Constituyente de la Asociación de Inspectores de Educación (ADIDE), en el Instituto de Formación Profesional “Juan de la Cierva” de Madrid, donde se eligió al primer presidente, Juan López Martínez, Inspector de Educación de Madrid. En este momento contaba con 240 miembros y comenzó siendo una única organización, si bien por imperativo de la Ley de Asociaciones, y la organización en Comunidades Autónomas, se fue convirtiendo en una organización federal.

 No me es posible escribir sobre ADIDE sin referirme a la vez a la evolución de la Inspección y la educación en general durante estos años, lo que pudiera extender tal vez más de lo prudente este relato, que comenzaba expresando brevedad en su título, pero que a medida que remuevo los recuerdos va tomando cierta vida propia plagada de acontecimientos, personas y momentos entrañables, de manera que muchos de ellos quedarán para ser abordados en otro momento.

Hace 28 años, el 9 de enero de 1992, tres inspectores del Servicio de Inspección de Albacete (Pedro, Eusebio y Crisanto), presentaron en el gobierno civil de esta ciudad la solicitud de aprobación y los estatutos para la legalización y registro de ADIDE-CLM. Días después, el 20 de enero, 25 inspectores e inspectoras de las distintas provincias de la región nos reunimos en el albergue Alonso Quijano de las Lagunas de Ruidera, para celebrar la Asamblea Constituyente de ADIDE-CLM, en la que elegimos a los miembros de la primera junta directiva, discutimos y aprobamos la modificación de los estatutos que formalmente se habían presentado para la legalización la asociación, así como la ponencia programática y de estrategia en la que se definía nuestra identidad, objetivos y plan de actuación, que marcaría el camino de la asociación durante ese primer año.

Los miembros de la Primer Junta Directiva fueron:

Presidente: Pedro Gómez Mora (Albacete).
Vicepresidente: Ángel Padrino Murillo (Guadalajara).
Secretario: Crisanto Gómez Aguilar (Albacete).
Vocales:

  • Juan García López (Albacete).
  • Luís Javier García Hidalgo (Ciudad Real).
  • Juan Manuel Benegas Capote (Cuenca).
  • Antonio Moreno Hurtado (Guadalajara).
  • Florencio Carrillo Esteban (Toledo).

En algunos párrafos de la ponencia de estrategia discutida en esta asamblea constituyente, escribíamos:

  •  “Desde la perspectiva de una sociedad democrática se exige que los ciudadanos y ciudadanas participen activamente a través de asociaciones y colectivos que vayan vertebrando la sociedad”.
  • “La creación de ADIDE-CLM, es necesaria por:
  • En primer lugar, por coherencia con el Estado de las Autonomías.
  • Porque es importante para la educación que ADIDE-CLM participe en el proceso, concreción y desarrollo de las transferencias educativas en nuestra Comunidad Autónoma.
  •  “Nuestras señas de identidad. ADIDE-CLM, se define y presenta a la sociedad como:
  • Independiente de cualquier partido político y sindicato.
  • Progresista, en el sentido de que apoya un modelo de sistema educativo basado en una escuela pública de calidad, moderna, actualizada, renovadora e integradora.
  • Solidaria con cuantas organizaciones y colectivos defienden la educación como servicio público compensador de desigualdades, basada en la participación democrática y en derecho de todos los ciudadanos a una educación en libertad desde la tolerancia, la solidaridad y la no discriminación.

Tomás Sánchez Iniesta.

Inspector de educación jubilado

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